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Autorización de Estancia de Estudios en España - Emigrar a España - Asesoría y Gestión en Migraciones y Extranjería
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¿Qué es la Estancia por Estudios en España?

La Estancia por Estudios vigente en España es una de las opciones que te permitirán estudiar en el extranjero. Esta experiencia enriquecedora te dará la oportunidad de sumergirte en una nueva cultura, adquirir conocimientos académicos de alta calidad y forjar amistades internacionales.

Si has decidido que España es el destino para tu educación, ten en cuenta que en el mes de agosto del año 2022 se reformó el reglamento se extranjería y una de la autorizaciones más beneficiada ha sido la Autorización de Estancia por Estudios.

Hoy te develamos los puntos más importantes que han beneficiado a esta opción de residencia legal en territorio español.

Los puntos clave de las modificaciones de la Estancia por Estudio

1. No se requieren solo estudios superiores para tramitar estancia de estudios, puedes acceder a másters y estudios de FP.
2. Los medios económicos a acreditar se pueden reducir hasta en un 50% si se comprueba alojamiento pago para el período completo de la estancia por estudios. .
3. Los medios económicos pueden acreditarse de cualquier forma válida, incluso con una oferta firme de empleo. Todo lo relacionado con el aporte de los medios económicos se valorará de forma individualizada.
4. La duración de la autorización, si se trata de estudios superiores, cubrirá la totalidad del tiempo de cursada.
5. Los doctorandos tendrán que tramitar está autorización, ya que no podrán tramitar la «residencia de investigación» puesto que no se les considera investigadores hasta la finalización de los estudios.
6. Se admiten como válidos los estudios de Máster propios.

Requisitos para la solicitud de Estancia por Estudios

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.

2. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

3. Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y/o, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:

• Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, que en este año 2023 asciende a 600 euros, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia, que en este caso debes acreditar que dispones del 50% del IPREM. Averigua el valor actualizado del IPREM aquí.

Si viajas con familiares

• Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar (450 euros) y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas (300 euros), salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.

Seguimos…

4. Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

5. En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.

6. Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá:

7. Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.

8. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

¿Dónde se presenta la solicitud de Autorización de Estancia por Estudios?

La solicitud de la Autorización de Estancia por Estudios irá dirigida a un órgano u otro en función de donde nos encontremos.

  1. Si estamos fuera de España: La solicitud de tu estancia por Estudios deberás hacerla en el Consulado de España que te corresponda en función de tu domicilio.
  2. Si te encuentras en España: La solicitud de tu estancia por estudios deberás dirigirla a la Oficina de Extranjería de tu ciudad, es decir la que te corresponda por tu empadronamiento.

    Además es importante también tener en cuenta que tienes un plazo concreto para poder hacer la presentación de tu solicitud de Estancia por Estudios. Debes presentar la solicitud cuando te queden, como mínimo, 30 días de estancia legal por delante.

¿Quieres saber cuáles son los documentos a presentar para la solicitud…? Escríbenos aquí.

Espero que esta información te haya ayudado a orientarte al momento de despejar tus dudas respecto a la Autorización de Estancia por Estudios en España. 

Si necesitas más información sobre este o cualquier otro trámite de extranjería, migración o nacionalidad española, siempre puedes enviarme tu consulta a info@emigraraespaña.otg o solicitar una cita para despejar todas tus dudas.


 

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